Convocar, para el año 2019, ayudas complementarias destinadas a beneficiarios del Subprograma de Formación del Profesorado Universitario (FPU). Realización de traslados temporales a centros o grupos de investigación en el extranjero o estancias breves en centros extranjeros o españoles, que favorezcan una mejora en la formación de los beneficiarios de las ayudas a la FPU. Las ayudas contribuirán a financiar los gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento asociados a los traslados temporales y estancias breves.
Beneficiarios:
Quienes se encuentren disfrutando de ayudas de FPU en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes
Fechas de realización: Entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre, de 2019.
Duración: Mínima de seis meses y máxima de nueve meses.
Dotación:
Para traslados temporales:
- En concepto de alojamiento y manutención del solicitante, una ayuda mensual por un máximo de 1.500 €.
- En concepto de gastos de viaje para destino en el extranjero: un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
Para estancias breves
- En concepto de gastos de alojamiento y manutención del solicitante, 25 € por día y 750 € por mes de estancia en España. Para los destinos en el extranjero, los importes máximos por día y por mes de estancia en función del país de destino serán otros.
- En concepto de ayuda para gastos de viaje. Desplazamientos en España: Una ayuda única por un máximo de 90 € para desplazamientos dentro de la península; un máximo de 120 € para desplazamientos con origen o destino en Ceuta, Melilla y las Islas Baleares; y un máximo de 150 € para desplazamientos con origen o destino en las Islas Canarias. Desplazamientos en el extranjero: Una ayuda única de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
Requisitos de los beneficiarios:
En el caso de estancias breves:
- Deberán haber completado un periodo igual o superior a nueve meses como beneficiarios de la ayuda FPU o haber completado un periodo igual o superior a nueve meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a la ayuda FPU en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo del periodo de duración máxima de la ayuda FPU.
- Aquellos beneficiarios de ayudas a la FPU que, aun cuando no cumplan el requisito expresado en la letra anterior, hayan completado nueve meses de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados.
En el caso de traslados temporales, los beneficiarios deberán haber completado un periodo igual o superior a 24 meses de FPU o resultante de la suma de la ayuda FPU y otras anteriores de naturaleza semejante.